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jueves, 9 de junio de 2016
PUERTO RICO no tiene soberanía es una colonia de Estados Unidos
Decisión del Supremo certifica la falta de soberanía del ELA
Abogado constitucionalista opina que la determinación revela el carácter colonial de la Isla
El abogado constitucionalista Carlos Gorrín Peralta. (Archivo/GFR)
Más allá de impedir que una persona sea juzgada tanto a nivel federal
como estatal por delitos cometidos en los mismos hechos, la
determinación del Tribunal Supremo de los Estados Unidos certifica que
el Estado Libre Asociado (ELA) no cuenta con una soberanía propia, como
se argumentó desde su aprobación en el 1952.
Según el abogado constitucionalista Carlos Gorrín Peralta, la
afirmación del Tribunal Supremo de EE.UU. en el caso Commonwealth of
Puerto Rico versus Sánchez Valle, tira por la borda los argumentos que
le quedaban al sector que defendía el ELA como un pacto entre dos
pueblos, y revela el carácter colonial, que en estos días ha sido objeto
de discusión con el proyecto 5278 de la Cámara de Representantes de los
Estados Unidos, que de ser aprobada, impondría una junta federal de
control fiscal.
“A la colonia, que lo único que le quedaba de vestimenta era un
escandalosa tanga, le han arrebatado esa tanga y con esta decisión ahora
está en desnudez”, dijo Gorrín Peralta.
Gorrín Peralta, destacó que la determinación del Supremo de los
Estados Unidos surge el mismo día en que está pautado el proceso de
votación en el pleno de la cámara baja del Congreso.
“Cualquiera que fuera a argumentar que el proyecto (5278) atenta
contra la soberanía de Puerto Rico, pues esto le quita argumentos para
imponer esos siete cónsules imperiales que van a tener poder sobre la
libertad y la hacienda de todos en Puerto Rico, como siempre ha sido,
pero ya no será con instrumentos llenos de retóricas que creaban el
espejismo de que Puerto Rico había dejado de ser una colonia”, dijo el
profesor universitario.
Lea más sobre el caso Sánchez Valle
La determinación del Supremo se basó en un examen sobre cuál es la
soberanía última de la que emanan los poderes de un gobierno. Por
ejemplo, en el caso de los estados de EE.UU. se entiende que estos
conservan parte de la soberanía que tenían previo al proceso de
federalización. Igual pasa con los gobiernos de los nativos en los
Estados Unidos. Por eso, tanto los estados como las tribus pueden
encausar, sin problemas, a una persona que ha sido convicta a nivel
federal por los mismos hechos.
En el caso de Puerto Rico, los poderes del Estado Libre Asociado,
según la decisión, provienen del Congreso de EE.UU. con la adopción de
la Ley 600. Es el mismo Congreso que aprueba las leyes federales por lo
que ambos sistemas legales provienen de la misma fuente de poder. El
procesamiento de una persona por la misma fuente de poder es lo que
viola la cláusula constitucional sobre la doble exposición.
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